La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) , con sede en Sevilla, ha acordado ratificar el toque de queda adoptados por la Delegación Territorial de Salud y Familias en Sevilla, consistentes en la limitación de la libertad de circulación de las personas en vías y espacios públicos entre las 2:00 y las 7:00 horas, en los municipios sevillanos de El Cuervo, Marchena y Tocina.
Esta medida se ratifica por un periodo de siete días naturales desde las 00.00 horas del día siguiente al de la publicación de la Resolución en el BOJA, haciendo pública su autorización judicial. La Sala aprecia en las medidas propuestas la “debida proporcionalidad”, en cuanto” imprescindibles para garantizar la salud pública de los vecinos del municipio, erradicando el alto riesgo de contagio inminente sobre todo en la población joven que existiría de contrario, y con un alcance temporal que se extiende durante siete días naturales, pudiendo ser revisado si así lo requiriese la evolución de la situación epidemiológica de mantenerse las circunstancias que motivan su aprobación”.
También señalan que no se trata de una suspensión del derecho o restricción de movilidad absoluta, sino relativa fijando una extensión temporal en una determinada franja horaria nocturna de 2 a 7 de la mañana, y con un catálogo de supuestos en los que se permiten los desplazamientos. Así, indican “apreciada la necesidad, idoneidad y proporcionalidad de las medidas que se han demostrado eficaces en otros Municipios de la Comunidad que han bajado su incidencia con dicha restricción y descartadas otras menos gravosas, debe prevalecer el derecho a la salud ante el alto poder de contagio y el grave riesgo de salud pública para la ciudadanía”.
Tal y como recuerda la Policia Local de Marchena, esto no es un confinamiento, se puede entrar y salir libremente del municipio, aunque «se recomienda cautela en los desplazamientos así como evitar las reuniones de personas numerosas además de reunirse con grupos de personas no habituales» informa la Policia Local.
Se establecen una serie de Excepciones al toque de queda como son adquirir medicamentos y otros bienes de 1.ª necesidad, asistencia a centros y servicios sanitarios, cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, institucionales, legales, retorno al lugar de residencia habitual respecto a los tres casos anteriores, asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o especialmente vulnerables, repostaje en gasolineras cuando resulte necesario para las actividades anteriores.