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El abogado responde: ¿Qué es el concurso de acreedores?

Si eres autónomo o empresario, y te encuentras en problemas económicos, este articulo te pude interesar.

El punto de partida es cuando una persona física o jurídica es insolvente; es decir,  cuando no pueda cumplir de manera regular con sus obligaciones de pago exigibles. En tal caso el deudor tiene la obligación de comunicar dicha situación en un plazo de dos meses, con carácter general.

La finalidad del concurso de acreedores es organizar las finanzas del deudor, para conseguir que el mayor número de acreedores puedan cobrar la máxima cantidad posible y, a poder ser, conseguir que el deudor pueda continuar con su actividad económica. Para ello se puede presentar una propuesta de pago a los acreedores, con quitas y/o esperas en el pago.

 

Dado que el concurso de acreedores ordinario suele durar varios años, existen varias vías alternativas previas al concurso de acreedores:  la mediación concursal, pudiendo el solicitante, seguir ejerciendo su actividad económica, siendo la principal función del mediador, la obtención de un acuerdo extrajudicial con los acreedores para tratar de conseguir un plan de pagos viable, que podrá contener plazos de espera, quitas e incluso conversión de créditos. En el supuesto de que no se consiga alcanzar un acuerdo de refinanciación, se deberá solicitar el llamado concurso consecutivo, en el que se tratara de conseguir la exoneración del pasivo (deuda) insatisfecha.

Recuerde que usted puede ponerse en contacto con el Gabinete Jurídico a través de los correos electrónicos israelbellido@icasevilla.org y sabina@icasevilla.org; o si lo prefiere mediante los teléfonos de contactos 630.02.80.24 y 699.32.17.45, para resolver éstas y otras dudas que le pudieran surgir.