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El Ayuntamiento limita el cierre de las terrazas de bares a las doce y media de la noche en invierno y multas de hasta 500 euros

El 5 de Noviembre la Policia Local recuerda que según la ordenanza de veladores y terrazas recién aprobada el  horario es de Noviembre a Febrero De 08:30 a 00:30 horas y de Marzo a Octubre: De 08:30 a 02:00 horas y añade que se han establecido multas de de 301 a 600 €, así como la suspensión de la autorización de hasta 3 meses.
Este horario está establecido por el Ayuntamiento de Marchena ya que según decreto de 2018, de la Junta de Andalucía son los Ayuntamientos los competentes para regular el horario de cierre en terrazas y veladores en los establecimientos de ocio y esparcimiento.
El decreto de la Junta de Andalucía marca que con carácter general la apertura de los veladores no deberá exceder el horario de las 2,30 de la madrugada.
La Policía Local recuerda que la terraza o velador a la hora máxima de cierre deberá estar recogida en su totalidad y que las terrazas no pueden dejarse montadas, por lo que será obligación de la persona titular de la actividad la recogida de los elementos de las terrazas argumentando que si se dejan las terrazas montadas «ello da lugar a que aunque cerréis el establecimiento, otras personas que vengan o vayan de paso, decidan sentarse a hablar, y eso, en el silencio de la noche, es molesto, puesto que muchos vecinos y vecinas madrugan para trabajar, o tienen familiares enfermos, o un sin fin de casuísticas, todas ellas entendibles».