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El Juzgado de Marchena prevé reconocimientos médicos forenses a los afectados por el accidente de tren de 2017

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número uno de Marchena ha emitido una providencia en la que solicita a los damnificados por el accidente de tren del 29 de Noviembre en Arahal que remitan la documentación sanitaria que corresponda, de cara a una serie de reconocimientos médicos forenses, según han informado a Europa Press fuentes del caso.

El Juzgado de Marchena investiga el accidente ocurrido el 29 de noviembre de 2017 en Arahal al descarrilar un tren de media distancia con el resultado de 37 pasajeros heridos.

El Juzgado archivó el caso en octubre de 2018 y lo reabrió de nuevo tras haber incorporado a la causa un informe elaborado por la Comisión de Investigación de Accidentes Ferroviarios (CIAF).

Según la juez, el maquinista del tren siniestrado había acreditado que cuando el convoy llegó al kilómetro 19 de la vía ferroviaria, a unos ocho kilómetros de la estación de Arahal, «no llovía» en dicho punto, «pero le pararon para darle información».

Según el mismo relato el maquinista tenía orden de circular «a 30 kilómetros por hora» en el kilómetro 23 de la vía ferroviaria por posibles inundaciones y afrontó dicho tramo de vía férrea incluso a «bastante menos velocidad, concretamente a 21 kilómetros por hora», si bien «a 100 o 200 metros antes de llegar al kilómetro 19 notó que había agua y que (la misma) se había llevado el balastro de la vía».

El maquinista «frenó con urgencia» al tren, «a la máxima presión de freno posible». El sistema ASFA de anuncio de señales y frenado automático «funcionó correctamente». Dicho mecanismo «no detecta que el tren se salga de la vía» y aunque tal sistema «también da órdenes de limitación de velocidad», antes del accidente el tramo de vía donde ocurrió el mismo no contaba con «ninguna señal que obligara a ir a una velocidad inferior» ni avisos de «precaución».

«En el kilómetro 19, el ASFA funcionó bien porque al no haber limitación de velocidad en ese kilómetro, la maquina no podía frenar automáticamente en seco y por eso el declarante pisó el freno», reproducía la juez instructora respecto al testimonio del maquinista».