El TSJA ha dictado sentencia anulando la prórroga de la explotación minera en la Sierra de Morón por la empresa Sidemosa.
La sentencia anula las resoluciones de 2014 que otorgaban la prórroga de 30 años, y anula la resolución que desestimó los tres recursos interpuestos por Ecologistas en Acción en 2014 y también anula la previa Declaración de Impacto Ambiental (DIA) favorable de 2013.
El TSJA anula todas esas resoluciones porque todas ignoraron las conclusiones del informe de incompatibilidad urbanística del arquitecto municipal de Morón de la Frontera de abril de 2013.
Dejaclaro claro que la actividad minera en Morón está prohibida por el PGOU vigente en Morón de la Frontera, porque la Sierra de Esparteros de Morón, en su mayor parte es Suelo No Urbanizable de Especial Protección y Conservación Prioritaria.
Y para el TSJA resulta evidente que ese nivel de protección urbanística es incompatible con la actividad extractiva de una cantera que destruye literalmente el suelo protegido.
Por ello manifiesta la sentencia que se debe “priorizar los intereses generales vinculados con el derecho de todos a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona”.
Según los Ecologistas el Acalde de Morón Juan Manuel Rodríguez, omitió remitir el importantísimo informe de incompatibilidad urbanística a las autoridades ambientales durante el proceso de evaluación de impacto ambiental de 2013. Ecologistas en Acción pudo acceder al mismo y les trasladó copia hasta en 5 ocasiones.
Para los ecologistas este comportamiento omisivo es «por tanto directamente responsable de la destrucción ilegal de la Sierra de Esparteros de Morón desde 2014 hasta la actualidad, comportamiento omisivo del Alcalde y de la Junta de Andalucía que ya fue advertido por el Defensor del Pueblo Andaluz en su resolución de 24 de febrero de 2015».
Igualmente la sentencia deja claro que Ecologistas en Acción tiene razón cuando afirma que las autoridades ambientales y mineras de la Junta de Andalucía aplicaron para autorizar la prórroga una ley ambiental derogada desde 2008, la Ley 7/1994, en vez de aplicar la vigente Ley 7/2007 GICA.