El Plan para la Vigilancia y la Prevención de Brotes de Covid-19 en Andalucía, aprobado el pasado día 9 incluye medidas preventivas como el aislamiento efectivo de los casos de Covid-19 y de sus contactos estrechos.
Para casos Covid-19 que por algún motivo social o personal no puedan realizarlo de manera efectiva en su domicilio, se prevén recursos para dicho alojamiento y aislamiento.
Cuando una persona rechace medidas de aislamiento o no se la pueda localizar, la Red de Vigilancia Epidemiológica elaborará un informe detallando circunstancias clínicas, así como la evaluación del riesgo.
Se deberá hacer todo lo posible para la localización del caso y, si es necesario, se realizará un requerimiento por escrito al afectado conminándoles a seguir las recomendaciones y advirtiendo de que en último extremo se reclamará la intervención de la autoridad sanitaria. Si esta comunicación no surtiera efecto, la unidad responsable remitirá un informe completo de forma urgente a la Delegación Territorial de Salud y Familias.
Asimismo, se analizará si el domicilio reúne las condiciones para el aislamiento o si es necesario un recurso habilitado al efecto o incluso la hospitalización obligatoria si procede, para lo que se solicitará la colaboración de entidades locales. En estos casos también se determinarán medidas necesarias, como el control de la movilidad y la limitación o prohibición del desarrollo de determinadas actividades en el ámbito afectado.
En caso de no conseguir el aislamiento efectivo, la Delegación Territorial de Salud y Familias, como autoridad sanitaria, solicitará la colaboración de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado y simultáneamente se informará al Juzgado de lo Contencioso Administrativo sobre los riesgos para la salud pública que justifican las medidas excepcionales. También se convocará y organizará de forma urgente un dispositivo operativo local que reúna a diversas entidades de ámbito municipal, regional y nacional. Se realizará una evaluación continua de las actuaciones y de la situación epidémica con el fin de determinar el cese de las medidas implantadas cuando se considere controlada la situación de riesgo.
En todo caso, se mantendrá abierta la posibilidad de obtener el consentimiento de los contagiados y se dará preferencia al cumplimiento voluntario de las medidas sanitarias procedentes.