En 1470 los Reyes Católicos contaban con la figura del Putero Mayor del Reino, hombres de confianza nombrados para regular el negocio en las ciudades, ordenaron que todas las trabajadoras sexuales ejercieran en las mancebías bajo pena de cien azotes y la confiscación de la casa donde hubieren ejercido.
Foto: «Prostituta y celestina de la calle de la Sopa». Hoy calle de Goyoneta. De Enrique Meléndez de la Fuente. Año 1920
Desde finales de la Edad Media, la prostitución fue considerada como un oficio remunerado y, por varios siglos, será controlada, institucionalizada, regulada y reglamentada por los monarcas cristianos y por los poderes de la sociedad bajomedieval, tanto hispanos como de la Europa occidental, con el apoyo imprescindible de la doctrina cristiana. La prostitución estaba considerada un servicio público, un mal necesario para preservar la paz social a la vez que se salvaguardaban los patrimonios familiares, tolerancia que conllevaba grandes beneficios económicos a través de impuestos.
Por la Real Pragmática del 10 de Febrero de 1623, Felipe IV prohibió formalmente las mancebías, burdeles públicos, en todo el Reino de Castilla, lo que no supuso el fin de la prostitución, que continuó existiendo toda la Edad Moderna como una actividad ilegal, hasta nuestros días.
La prostitución estaba muy extendida en las grandes ciudades y pueblos. Marchena era la tercera ciudad más poblada de la actual provincia hispalense tras Ecija y Carmona con 9.738 habitantes en 1534. Tan frecuente era la prostitución que las autoridades optaron por concentrarla en edificios públicos y cobrar también por ésta actividad.
El «padre de la mancebía» o «padre putas» era el encargado de hacer que las ordenanzas municipales sobre prostitución se cumplieran, proporcionarles comida, cobijo y leña en invierno, vigilar que las visitase un cirujano antes de empezar a ejercer, velar porque las mujeres no trabajaran en el exterior en días festivos religiosos, que los clientes no fueran ni judíos, ni moros, ni casados, que no hubiera dentro mesones ni tabernas y se prohibía el juego.
La mancebía o prostíbulo de Marchena aparece en el listado de posesiones de los Ponce de León a inicios del Siglo XVI en la investigación La Hacienda de las casas de Medina Sidonia y Arcos en la Andalucía del siglo XV de Emma Solano Ruiz.
Las casa pública de la Mancebía de Marchena -cuya ubicación desconocemos, era propiedad de los Ponce de León que también cobraban rentas por el ejercicio de la prostitución. Además los duques cobraban por la mayoría de las transacciones comerciales y actividades económicas que realizaban los marcheneros de la época, incluso por pasar por las puertas de la muralla (portazgo).
En 1623, ante la relajación de las costumbres y para atajar ese mal, Felipe IV ordenó cerrar las mancebías de las ciudades.
En 1572 el duque de Arcos otorga la mitad de las rentas de la casa pública de las mujeres de la villa de Marchena para pagar un colegio de estudiantes pobres en Córdoba fundado por el doctor Pedro López Alba.
Además pide a los superiores de los jesuitas, dominicos y franciscanos que se encarguen de elegir para dicha plaza al estudiante con más cualidades.
Las constituciones del colegio de San Jerónimo de Jesuitas de Marchena, hoy edificio municipal de asuntos sociales, fueron redactadas a imagen y semejanza de las del colegio de la Asunción de Córdoba, fundado por Pedro López Alba médico de Carlos V, que contaba con el apoyo de los Jesuitas.
Además de la mancebía los Señores de Marchena tenían quince casas repartidas por el pueblo sin contar su palacio, como las caballerizas, la Aduana (plaza de Las Fuentes), la Casa de los Esclavos (del Duque) y de los Pajes, y la Cilla para guardar el trigo en la calle del mismo nombre.
Otro pueblo de los duques, Arcos, tenía instalada la casa de mancebías o prostíbulo público, cuyas mujeres eran pagadas en parte por el propio Ayuntamiento, en la calle Callejas. En Osuna la mancebía ocupó el solar del Pósito hasta el año 1608, cuando es trasladado hasta las afueras de la villa.