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En 1672 el Papa Clemente concediendo indulgencias a todos los que rezasen en el altar de Santa Maria el día de difuntos.

En 1672 el Papa Clemente X establece un breve concediendo gracias e indulgencias a todos los que rezasen en el altar de Santa Maria de la Mota el día de difuntos.

Tal y como señala el documento el Papa Clemente X, estableció que a través de la Santa Cruzada se pudieran recaudar impuestos y establecer gracias e indulgencias tanto espirituales como pecuniarias para honrar a las Animas benditas del Purgatorio.

La iglesia de Santa Maria de la Mota era el lugar donde la casa de Arcos y sus servidores más cercanos oían misa cada día pues era la capilla del Palacio Ducal.

El licenciado Antonio de Benavides Bazan, Caballero de la orden de Alcántara,  y canónigo de la Santa Cruzada de la catedral de Toledo redacta un documento dando cuenta de la merced concedida por el Papa al Duque de Arcos para la iglesia de Santa Maria de la Mota.

Dice que la Santa Cruzada está puesta para que se puedan publicar y ganar ciertas gracias e indulgencias que el Papa Clemente X concedió en favor de las Animas del Purgatorio, «para que con cada misa, que por ellas se dijese y celebrase, de siete que por lo menos se han de ir y celebrar en el altar de nuestra señora de la Mota que está que en la Iglesia de Santa Maria de Marchena, diócesis de Sevilla en el día de la conmemoración de los difuntos, y en los de su octava y en los lunes de cada semana, se saque un Anima de las penas de Purgatorio» según se contiene en el breve dado en Roma el 5 de Diciembre de 1672.