Huertos de ocio de Marchena: quién puede pedirlos, cuánto cuestan y cómo funciona la adjudicación

Un pequeño terreno, agua para riego y tres años por delante para convertir unos sesenta metros cuadrados en tomates, habas, lechugas, calabacines o flores. Los Huertos de Ocio Municipales de Marchena son una de esas iniciativas discretas que mezclan agricultura, vida al aire libre, autoconsumo y convivencia. Su funcionamiento está regulado por una ordenanza municipal específica y el actual ciclo de adjudicación concluye el próximo 31 de diciembre de 2026.

La pregunta empieza a cobrar actualidad a medida que se acerca el final de ese periodo: ¿quién puede pedir un huerto, cuánto cuesta, cómo se adjudica y cuándo habrá que solicitar los del próximo ciclo? Hemos revisado la ordenanza publicada en el Boletín Oficial de la Provincia y las últimas convocatorias del Ayuntamiento de Marchena para reunir en una sola guía los datos que hoy están confirmados.

Parcelas de unos 60 metros cuadrados y agua para riego

La Ordenanza Fiscal y Reguladora de los Huertos de Ocio, publicada en el BOP de Sevilla el 14 de septiembre de 2017, sitúa estos terrenos municipales en el polígono 53 y fija una superficie media de aproximadamente 60 metros cuadrados por huerto. Las parcelas disponen de un sistema de toma de agua comunitario al que puede conectarse cada usuario.

No se trata de terrenos destinados a una explotación comercial. La normativa deja claro que los productos obtenidos son para consumo familiar y no pueden venderse. El espíritu del programa es ofrecer un espacio de cultivo y ocio vinculado a la actividad física, el contacto con la tierra y la producción de alimentos para casa.

Tomates en uno de los huertos de ocio de Marchena.

Quién puede solicitar un huerto de ocio en Marchena

La ordenanza vigente establece dos condiciones fundamentales. La primera es estar empadronado en Marchena desde al menos tres años antes de presentar la solicitud. La segunda es encontrarse en alguna de estas situaciones: estar jubilado, tener reconocida una incapacidad permanente total o absoluta, o disponer de un grado de discapacidad igual o superior al 50 %.

En los casos de incapacidad permanente total o absoluta, además, debe aportarse un certificado médico que acredite que el estado de salud de la persona es compatible con las labores de campo necesarias para trabajar la parcela.

La documentación de la solicitud incluye los datos personales y la acreditación correspondiente: DNI, empadronamiento y la documentación que justifique la condición que da derecho a participar en el proceso. La ordenanza impide presentar más de una solicitud por unidad familiar y tampoco permite adjudicar más de una parcela a la misma unidad familiar.

Cómo se adjudican: sorteo público y lista de reserva

Los huertos no se conceden por orden de llegada. Una vez cerrado el plazo de solicitudes, el Ayuntamiento publica una lista provisional de personas admitidas y excluidas, abre un periodo de alegaciones y, posteriormente, hace pública la relación definitiva.

La adjudicación se resuelve mediante sorteo público. La normativa contempla además una lista de, al menos, diez suplentes, destinada a cubrir las parcelas que pudieran quedar libres por renuncia, baja o falta de aceptación durante el periodo de vigencia.

Quien resulte adjudicatario debe aceptar formalmente la parcela. La ordenanza fija un plazo de dos días desde la celebración del sorteo para firmar esa aceptación; si no se realiza dentro de ese plazo, se entiende que la persona renuncia.

Cuánto cuesta: 15 euros al año y una fianza de 30 euros

El precio es reducido. La tasa municipal establecida en la ordenanza es de 15 euros anuales. El primer pago se realiza junto con la aceptación de la parcela y, durante los años siguientes, debe abonarse en el primer trimestre natural de cada ejercicio.

A esa tasa se suma una fianza de 30 euros, que se deposita al aceptar el huerto. Esa cantidad se devuelve cuando concluye la autorización o si se produce una renuncia anticipada, siempre conforme a las condiciones municipales.

Por tanto, durante un ciclo completo de tres años se abonan 45 euros en tasas, además de la fianza recuperable de 30 euros.

Una parcela con cultivos de temporada en los huertos de ocio de Marchena.

Qué se puede cultivar y qué está prohibido

Las parcelas están destinadas a cultivos hortícolas o florales. La normativa fija una altura máxima de 1,5 metros y excluye la plantación de árboles y arbustos. Tampoco se puede modificar el trazado de las parcelas, unir unas con otras o cerrarlas mediante setos, vallas, piedras, ladrillos u otros elementos constructivos.

Los adjudicatarios deben mantener el huerto limpio y en buen estado y retirar los residuos que generen. Se permiten determinados sistemas de protección de los cultivos, como mini túneles, acolchados y mantas térmicas, siguiendo las instrucciones municipales.

Entre las prohibiciones expresas figuran hacer fuego o utilizar barbacoas, introducir vehículos en las parcelas, instalar construcciones o elementos que alteren el entorno y emplear productos que puedan contaminar el terreno o la red de agua.

Tres años de uso y obligación de devolver la parcela

La autorización tiene una duración de 36 meses. Cuando finaliza, el usuario debe devolver la parcela al Ayuntamiento mediante el correspondiente acta de entrega y dejarla en condiciones de uso. La normativa permite volver a participar en el siguiente sorteo.

El abandono injustificado del cultivo o el incumplimiento de las normas puede provocar la revocación de la licencia.

El ciclo actual termina el 31 de diciembre de 2026

El periodo actualmente en vigor corresponde a las adjudicaciones para 2024-2026. El Ayuntamiento abrió el plazo ordinario del 15 al 30 de septiembre de 2023. Después, al quedar parcelas sin adjudicar o producirse vacantes, se han celebrado convocatorias extraordinarias.

Una de ellas se abrió del 15 al 31 de enero de 2024 para cubrir una parcela libre. En mayo de 2025 volvió a abrirse una convocatoria extraordinaria, esta vez para tres parcelas que habían quedado vacantes; el plazo fue del 15 al 31 de mayo de 2025 y el sorteo se celebró el 16 de junio.

La convocatoria municipal de 2024 recordaba que la adjudicación finaliza el 31 de diciembre de 2026.

¿Cuándo se podrán pedir los huertos para 2027?

La propia ordenanza establece que el Ayuntamiento abrirá el plazo de solicitudes cada tres años y lo anunciará a través de la web municipal y el tablón de anuncios. Sin embargo, a fecha de 21 de septiembre de 2026 no consta publicada todavía en la web municipal una convocatoria con las fechas del nuevo ciclo que comenzará tras finalizar el actual.

Por eso conviene distinguir entre lo que ya está regulado y lo que todavía no se ha anunciado: sabemos quién puede participar, cuánto cuesta y cómo funciona el sorteo, pero la fecha concreta para solicitar las parcelas del próximo periodo debe ser fijada oficialmente por el Ayuntamiento.

Las personas interesadas pueden estar pendientes de la web del Ayuntamiento de Marchena, de su tablón de anuncios y de la sede electrónica. El teléfono municipal de Atención Ciudadana es el 955 32 10 10. En convocatorias anteriores, el modelo de solicitud también se ha facilitado desde la Secretaría Particular de Alcaldía.

Una de las parcelas municipales preparadas para nuevos cultivos.

Un pequeño terreno con una dimensión mucho mayor

Más allá del procedimiento administrativo, la imagen cotidiana de estos huertos explica buena parte de su sentido: una hilera de tomates madurando al sol, unas matas de calabacín extendiéndose sobre la tierra, las primeras habas del invierno o el trabajo paciente de preparar el terreno para la siguiente temporada.

En apenas sesenta metros cuadrados caben muchas cosas. Cabe actividad física, una rutina fuera de casa, conversación con otros hortelanos y la satisfacción de llevar a la cocina lo que unas semanas antes era apenas una semilla. Y también un conocimiento agrícola que en Marchena forma parte de la memoria de muchas familias y que estos pequeños huertos municipales permiten mantener vivo.

Fuentes consultadas: Ordenanza Fiscal y Reguladora de los Huertos de Ocio del Ayuntamiento de Marchena, publicada en el BOP de Sevilla de 14 de septiembre de 2017; convocatorias, resoluciones y anuncios oficiales del Ayuntamiento de Marchena correspondientes a los periodos 2024-2026 y a la convocatoria extraordinaria de 2025.

José Antonio Suárez López

José Antonio Suárez López es Periodista y Comunicador Cultural | Conectando cultura y turismo a través de experiencias únicas. Periodiso de raices. Grado en Comunicación, Potgrado en difusión del Patrimonio, www.creacomunica.com.es mncomcomunicacion@gmail.com https://x.com/MarchenaSecreta

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