Icono del sitio Marchena Noticias. Marchena Secreta. El tiempo en Marchena. Sucesos Marchena. Planes de verano en Andalucia. Marchena Noticias

Juicio a Mencía Rodriguez, judía huida de Marchena por miedo a la Inquisición

Agradecemos la traducción del documento por Salvador Hernández González, Doctor en Historia del Arte.

Pedro Rodríguez de Sevilla, reconciliado, vecino de Marchena, hijo de Alonso González, difunto. Compareció por sí y por su mujer Mencía Rodríguez, reconciliada, hija de Alonso Rodriguez, Trapero, que pague 4000 maravedíes.

En 1490 , Luis de Soto, criado de la Duquesa de Arcos, Beatriz Pacheco, compró una judía huída de Marchena, Mencía Rodríguez, tres tiendas en la plaza de Marchena.

Lo cuenta el documento «Merced del derecho de posesión de unas tiendas sitas en la plaza de Marchena a Luis de Soto, criado de la duquesa de Arcos, quien los compró hace siete años de Mencia Rodríguez, judia, huida tierra de moros,y ahora le han sido demandados por Diego de Medina, receptor de bienes confiscados por la inquisición. 1494-7-26 Segovia».

fgfddsfsdf

“Por cuanto vos Luís de Soto criado de la duquesa de Arcos nos hicistes relación que vos comprastes de Mencía Rodríguez, mujer que fue de Cristóbal Malos  (…) tres tiendas en la (…) plaza de ella, podrá haber veinte años poco más o menos, por siete mil maravedís. Por virtud de la cual compra vos tomastes e tenéis la posesión de las dichas tiendas, e las habéis tenido e poseído e tenéis. (…) de los bienes confiscados en nuestra cámara por el delito de la herejía, vos pido e demando las dichas debdas e los (…) de ellos del tiempo que las habéis tenido. Diciendo que la dicha Mencía Rodríguez se ausentó por miedo de la dicha Inquisición e se fue a tornar judía a tierra de moros (…) por razón del dicho delito (…) que el dicho Duque nos suplicó que vos ficiésemos merced de derecho (?) e como que nos parezca por razón del dicho delito de herejía de cosas tenidas (…). Lo cual (…) por vos facer bien e merced e paz (…) por la presente vos facemos merced, gracia e donación perpetua (?) e no revocable (…). / Que nos avemos e tenemos a la (…) tenidas e a las partes de ellas, que vos seáis llevado después que las tenéis por razón de dicho delito de herejía que la dicha Mencía Rodríguez cometió. E por esta nuestra carta mandamos al dicho Diego (…) e al dicho Alonso (…) e a cualesquiera personas que (…) cargo de reales. Lo susodicho que no vos podrán demandar los dichos. (…) e los dichos en lugares de ellos. E a vos facemos de ello merced (…) E non fagades ende al.. fecha en la cibdad de Segovia, XXVI días del mes de julio de XIIII annos.

El Rey e la Reina