El Administrador apostólico de Sevilla, monseñor Asenjo Pelegrina, ha firmado hoy miércoles un decreto que entra en vigor mañana en el que se elimina el requisito para las hermandades de recabar la autorización del Arzobispado para realizar cabildos generales. Podrán hacer cabildos cumpliendo las medidas de seguridad.
Teniendo en cuenta el cambio de circunstancias en la situación sanitaria provocada por la pandemia de la COVID-19, y la derogación del estado de alarma por parte de la Autoridad Civil, en relación con la celebración de los Cabildos Generales de las Hermandades y Cofradías el Arzobispado decreta que ya no habrá que pedir autorización expresa al Arzobispado para celebrar cabildos de hermandades.
Se deroga el punto tercero del Decreto de fecha 29 de diciembre de 2020 (Nº Prot. 3644/20) en lo que respecta a la necesidad de solicitar autorización expresa a la Delegación Episcopal para los Asuntos Jurídicos de las Hermandades y Cofradías para la válida celebración de los Cabildos Generales previstos en las Reglas de las mismas, incluidos los extraordinarios, sin perjuicio de todo aquello que establecen las Normas Diocesanas para Hermandades y Cofradías que resulte de aplicación a los procesos electorales.
La celebración de dichos Cabildos queda condicionada a que puedan cumplirse todas las medidas establecidas por las Autoridades Civiles para contener la propagación de las infecciones causadas por el virus, y a que todos los hermanos a los que corresponda tengan la posibilidad de ejercer el derecho de voz y voto (cf. art. 25 §3 Normas Diocesanas).