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Marchena regulará el uso de patinetes eléctricos en su nueva ordenanza de movilidad

El Ayuntamiento de Marchena aprobará su plan de movilidad que regula de manera estricta la circulación de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), como patinetes eléctricos y bicicletas, con el objetivo de garantizar la seguridad vial y la convivencia con peatones y otros vehículos en la vía pública.

Los VMP para el transporte de mercancías también están regulados con características específicas: deben tener al menos tres ruedas, una potencia nominal máxima de 1500 W y una longitud no superior a 2 metros. Estos vehículos no pueden utilizarse para transportar pasajeros y deben circular exclusivamente en las vías habilitadas para ello.

Normas generales de circulación y prohibiciones

Una de las principales restricciones establecidas en la ordenanza es la prohibición de circular por aceras, plazas y parques con VMP, con el fin de proteger la seguridad de los peatones. Solo se permite el uso de estos vehículos en zonas 20 km/h, zonas 30 km/h y vías ciclistas señalizadas, siempre y cuando respeten la preferencia peatonal y no superen la velocidad máxima permitida de 25 km/h.

Además, la ordenanza prohíbe la circulación de estos vehículos en calzadas donde la velocidad máxima permitida sea superior a 30 km/h, a excepción de aquellas habilitadas específicamente para ello. También se restringe el uso de VMP en áreas de gran afluencia de peatones o en eventos deportivos, culturales o religiosos.

Obligaciones y documentación

Todos los conductores de VMP deberán portar un documento acreditativo de homologación del vehículo, que incluya sus características esenciales como dimensiones, peso, potencia y velocidad máxima. Asimismo, deberán contar con un seguro de responsabilidad civil en el caso de vehículos dedicados a explotación comercial o turística, y cumplir con las normas de circulación establecidas para evitar la retirada e inmovilización del vehículo por parte de las autoridades.

Elementos de seguridad obligatorios

La normativa también introduce requisitos obligatorios de seguridad. Los VMP deberán estar equipados con luces delanteras blancas y traseras rojas, así como un timbre o avisador acústico para advertir de su presencia. Además, durante la noche o en condiciones de baja visibilidad, será obligatorio el uso de chalecos reflectantes y elementos luminosos que garanticen su visibilidad.

Prohibiciones de uso y sanciones

El artículo 40 de la ordenanza enumera una serie de prohibiciones, entre las que destacan: conducir bajo los efectos del alcohol o drogas, usar auriculares o dispositivos móviles mientras se conduce, circular con más de una persona a bordo, o no utilizar el casco de protección. En caso de infracción, las autoridades locales podrán proceder a la inmovilización o retirada del vehículo, aplicando sanciones que van desde la multa económica hasta la retirada del VMP si representa un peligro para la seguridad.

Registro y regulación de empresas de alquiler

Las empresas que se dediquen al alquiler de VMP deberán registrarse en el Ayuntamiento de Marchena y cumplir con estrictos requisitos, como disponer de un seguro de responsabilidad civil para todos sus dispositivos y garantizar el acceso a los datos de geolocalización de sus vehículos. Además, se les exigirá la instalación de sistemas telemáticos que permitan la desactivación automática de los vehículos al entrar en zonas restringidas.

Los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) no podrán circular por las siguientes zonas y condiciones según el nuevo Plan Municipal de Movilidad de Marchena:,

Queda prohibida la circulación de VMP en aceras, paseos y demás espacios destinados exclusivamente al tránsito de peatones, así como en plazas, parques y jardines

Vías ciclistas: En las vías ciclistas señalizadas como carriles bici segregados, aceras bici, pistas bici y sendas ciclables, los VMP pueden circular en el sentido estipulado y con una velocidad máxima de 15 km/h. Está prohibido adelantar sin la debida precaución en estos tramos.

Zonas restringidas al tráfico rodado: La circulación de VMP queda prohibida en las zonas de acceso restringido al tráfico rodado, salvo para los vehículos autorizados expresamente por la normativa municipal​.

Travesías y vías interurbanas: Queda prohibida la circulación de VMP en travesías y vías interurbanas, limitándose su uso a la calzada en caso de no existir una vía ciclista alternativa​.

Además, el artículo 40 de la ordenanza especifica conductas prohibidas para los VMP, como circular con más de una persona, transportar animales, usar auriculares, utilizar el teléfono móvil mientras se conduce, o conducir bajo los efectos de sustancias tóxicas.

Las empresas dedicadas a la explotación de rutas turísticas con patinetes eléctricos deberán contar con una autorización municipal previa. Se les exigirá registrar la totalidad de los VMP que posean y proporcionar un código digital que identifique cada uno de ellos, así como facilitar el acceso a datos GPS de los vehículos para controlar su ubicación y movilidad​.

Los patinetes utilizados en rutas turísticas deben cumplir con ciertas condiciones técnicas, como contar con seguro de responsabilidad civil para cubrir daños tanto a usuarios como a terceros. Además, los usuarios están obligados a utilizar casco y chaleco reflectante proporcionado por la empresa, asegurando la visibilidad y seguridad en todo momento​.

La circulación de patinetes eléctricos en rutas turísticas se limitará a los itinerarios autorizados por el Ayuntamiento. Queda prohibido circular por zonas peatonales, aceras y cualquier otro espacio destinado exclusivamente al tránsito peatonal.

José Antonio Suárez López

José Antonio Suárez López es Periodista y Comunicador Cultural | Conectando cultura y turismo a través de experiencias únicas. Periodiso de raices. Grado en Comunicación, Potgrado en difusión del Patrimonio, www.creacomunica.com.es mncomcomunicacion@gmail.com https://x.com/MarchenaSecreta

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