En un comunicado de Ecologistas en Accion pregunta qué medidas está tomando ARECIAR para garantizar la demanda urbana y agraria «más allá de los bandos municipales publicados a mediados de abril, que sepamos, no ha existido ninguna campaña ciudadana para reducir el consumo, existiendo un riesgo importante para no garantizar el suministro de abastecimiento a la población en las próximas semanas».

El Plan de Emergencia ante situaciones de Sequía (PEM), es obligtorio según la Ley de Aguas de Andalucía, y es un plan de acción para gestionar y minimizar los efectos negativos de una escasez de agua gestionando el abastecimiento, el uso dagua para el sector agrario, industrial, y adaptarse a las situaciones de disminución de precipitaciones y aportaciones sin que la ciudadanía se vea afectada.

Este Plan mensualmente diagnostica la disminución de precipitaciones, las aportaciones en régimen natural y atender las demandas a través de registros pluviométricos, aportaciones hídricas mediante estaciones de aforo, volúmenes embalsados, reservas de nieve, niveles piezométricos,… para luego determinar medidas administrativas y de gestión.

Según el PEM, cuando el volumen embalsado se sitúe por debajo de 62 hm3 entre los meses de mayo a septiembre, se tiene que declarar la emergencia o escasez grave, desde entonces el sistema solo dispone de reservas para atender la demanda durante 1 año si se aplican las medidas previstas y esto sirve para  intensificar las campañas de ahorro reducción del volumen de agua suministrada para abastecimiento, al menos del 5%;  para llegar al final de la campaña con un acumulado de 62 hm3 entre los dos embalses; o solicitar a la Comisaría de Aguas que mantenga especial vigilancia a detracciones de caudal para riegos.