El Ministerio de Defensa ha abierto la convocatoria de 2026 para acceder a 500 plazas de reservista voluntario de las Fuerzas Armadas, una fórmula que permite a ciudadanos civiles mantener su profesión y su vida habitual y vincularse temporalmente con el Ejército cuando sean llamados para formación, instrucción o prestación de servicio.
La convocatoria, publicada en el Boletín Oficial del Estado del 5 de octubre, reparte las plazas entre el Ejército de Tierra, con 250; la Armada, con 78; el Ejército del Aire y del Espacio, con 92; y los Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas, con 80.
Quién puede presentarse
El proceso contempla plazas en las categorías de oficial, suboficial y tropa y marinería, con requisitos académicos diferentes según cada una de ellas y, además, titulaciones o experiencia específica para determinadas plazas.
Con carácter general hay que tener nacionalidad española, carecer de antecedentes penales, superar las pruebas de aptitud psicofísica y cumplir los límites de edad establecidos. La convocatoria señala que en 2027 no se pueden alcanzar los 58 años para las plazas de oficial y suboficial ni los 55 para tropa y marinería.
Para las plazas de oficial se exige, con carácter general, formación universitaria en los términos establecidos en las bases; para suboficial, Bachillerato, determinadas titulaciones de Formación Profesional o equivalentes; y para tropa y marinería, el título de Educación Secundaria Obligatoria o equivalente. Muchas plazas añaden requisitos concretos relacionados con profesiones, titulaciones, permisos o experiencia.
No es un sueldo fijo durante todo el año
Ser reservista voluntario no equivale a tener un empleo militar permanente. La relación es temporal y voluntaria. El ciudadano continúa normalmente con su actividad profesional y pasa a situación de activado únicamente durante los periodos previstos por Defensa.
Durante la formación militar y los periodos de instrucción, adiestramiento o cursos, la normativa fija indemnizaciones calculadas a partir del salario mínimo interprofesional diario. Para los aspirantes a alférez o alférez de fragata la cuantía equivale a tres veces el SMI diario; para aspirantes a sargento, a dos veces y media; y para soldado o marinero, al doble.
Cuando el reservista es activado para prestar servicio, el régimen cambia: percibe las retribuciones correspondientes al militar profesional de empleo equivalente durante ese periodo.
¿Dónde presta servicio un reservista?
El destino depende de la plaza conseguida. El reservista puede incorporarse a una unidad, centro u organismo del Ministerio de Defensa: desde unidades militares hasta centros administrativos, sanitarios, técnicos, logísticos o de apoyo, según la especialidad y el cometido de la plaza.
La propia convocatoria establece que la Formación Militar Específica se desarrolla en la unidad, centro u organismo correspondiente a la plaza obtenida. Su duración puede ir de uno a treinta días naturales, dependiendo de la relación entre la profesión civil, la experiencia del aspirante y las funciones concretas que vaya a realizar.
Los desplazamientos necesarios para incorporarse a la formación básica o específica corren por cuenta del Estado en las condiciones previstas por la convocatoria.
La formación comenzará en 2027
Quienes obtengan plaza deberán superar una Formación Militar Básica y posteriormente una Formación Militar Específica. Los periodos se desarrollarán durante 2027 en los centros correspondientes al Ejército, Armada o cuerpo al que pertenezca la plaza.
Una vez superada la formación y firmado el compromiso inicial, la persona adquiere oficialmente la condición de reservista voluntario. El compromiso inicial establecido en esta convocatoria tiene una duración de tres años.
Plazo de solicitud
El plazo para solicitar cita previa es de 20 días naturales desde el día siguiente a la publicación en el BOE, por lo que comenzó el 6 de octubre.
La adjudicación de las plazas no se realiza por orden de solicitud, sino de acuerdo con la puntuación final obtenida y el orden de preferencia de plazas indicado por cada aspirante.
Fuentes: Resolución 452/38402/2026, de 25 de septiembre, publicada en el BOE de 5 de octubre de 2026, y Real Decreto 383/2011, Reglamento de Reservistas de las Fuerzas Armadas.
Consultar la convocatoria completa en el BOE